¿Qué es un certificado de últimas voluntades?

El certificado de últimas voluntades no hay que confundirlo con un testamento. Entonces ¿Qué es? Se trata de un documento que acredita si una persona ha realizado o no un testamento y ante que notario lo hizo. Aquí no se encuentran plasmados los deseos del testador.

Para iniciar la tramitación de una herencia es necesario que obtengas este documento. También hay que dejar claro que, sin este certificado no se puede llevar a cabo ningún acto sucesorio, por eso es un documento de vital importancia para los herederos.

«El certificado de últimas voluntades es el primer trámite que se debe hacer después del fallecimiento de un familiar»

La solicitud se debe realizar a través del modelo 790 de tasas administrativas y debe ir acompañado del certificado de defunción original o, en su defecto, de una copia compulsada por el Registro Civil que corresponda. El tiempo para solicitarlo es transcurrido 15 días hábiles luego del fallecimiento, esto sin contar el día del suceso.

Si estás pasando por la lamentable situación del fallecimiento de un familiar y no sabes como obtener el certificado de últimas voluntades, nosotros te explicaremos cómo y dónde solicitar este escrito. Además, los documentos necesarios para realizar el trámite y cuanto tarda en llegar.

¿Qué información contiene el certificado de últimas voluntades?

Una vez obtengas tu certificado de últimas voluntades, observarás que en este va a constar los testamentos que haya otorgado el fallecido y la identificación de los notarios autorizantes. Si no otorgó testamento también aparecerá en este documento como “sin testamento”.

En este caso, el último testamento realizado será el que tenga validez, los familiares podrán solicitar una copia del mismo. También podrás conocer si existe un contrato de un seguro de vida o accidentes por parte del fallecido.

El certificado de últimas voluntades no contiene información sobre el Testamento Vital o Testamento de Voluntades Anticipadas. Este es un documento que deja por escrito la voluntad con relación a tratamientos médicos o donación de órganos.

Documento que necesitas

Para solicitar el certificado de últimas voluntades es necesario que recaudes los documentos que te van a solicitar, todos ellos son de carácter obligatorio.

  • DNI del fallecido.
  • En caso de haber sido extranjero el NIE, pasaporte o documento de identidad de su país de origen.
  • Original y copia del certificado de defunción expedido por el Registro Civil. Este debe corresponder a la localidad donde falleció y contener el nombre de los padres.
  • Modelo 790
  • Documento de identificación DNI del solicitante.
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En caso que la muerte haya ocurrido después del 2 de abril de 2009 y la defunción no esté inscrita en un Juzgado de Paz, no será necesario presentar el certificado de defunción como requisito para solicitar el certificado de últimas voluntades. Con sólo el DNI del fallecido será suficiente.

Una vez recaudado todos los documentos, las personas autorizadas podrán realizar la solicitud del certificado. Generalmente son los herederos los que realizan dicha solicitud, pero como es un documento de carácter púbico cualquiera que cumpla con los requisitos y pague las tasas correspondientes, podrá solicitarlo.

¿Cómo solicitar el certificado de últimas voluntades?

Este documento puedes solicitarlo en forma online desde la web del Ministerio de Justicia, de manera presencial y a través del correo.

Trámite online

Ingresa a la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia, específicamente en el certificado de actos de última voluntad y completa el formulario que aquí aparece. Puedes elegir hacer los trámites con certificado digital o sin él.

El plazo aproximado de entrega por vía telemática es de aproximadamente 5 días hábiles. En el proceso, debe realizar el pago telemático de la tasa 006 asociada a la solicitud, para ello debes rellenar el modelo 790.

Una vez finalizado el proceso, puedes descargar un documento con los comprobantes del pago y del registro de la solicitud, firmado electrónicamente por el Ministerio de Justicia. Este impreso no debe ser fotocopiado y usado por otra persona, ya que posee un código número único para cada solicitud.

Es importante considerar que cuando el certificado de actos de última voluntad ha de surtir efectos en el extranjero, necesita ser legalizado, a través de Legalización única o Apostilla de la Haya.

Trámite presencial

Si eres de Madrid y deseas realizar el trámite presencialmente debes acudir a la Oficina Central de Atención al Ciudadano. Para el resto de las comunidades autónomas la solicitud la deben realizar en las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia. Una vez allí deberás:

  • Rellena la solicitud oficial proporcionado por el organismo tramitador
  • Cancelar la tasa correspondiente
  • Presentar toda la documentación necesaria incluyendo el modelo 790
  • La entrega del certificado se hace de manera inmediata

Trámite por correo

El trámite por correo tiene un plazo de 10 días hábiles y el certificado te será enviado a la dirección que indiques en la solicitud. El trámite lo realizas enviando la solicitud oficial del Ministerio de Justicia, el pago de la tasa y los demás documentos requeridos a la siguiente dirección:

Registro General de Actos de Última Voluntad

Ministerio de Justicia

Plaza Jacinto Benavente, 3

28012 – Madrid

Pago de la tasa

El pago de la tasa lo puedes hacer a través de la banca electrónica, solo tienes que tener una cuenta abierta en cualquier entidad financiera, colaboradora con la Agencia Tributaria. Además, descargar del modelo 790 e incluir el número de justificante.

Si te encuentras fuera del territorio, acude a cualquier entidad bancaria española colaboradora con la Agencia Tributaria con sucursal en el país. El pago será acreditado con la validación mecánica o firma autorizada de la entidad financiera.

También puedes hacer transferencia bancaria desde el extranjero, para esto se utilizará el IBAN o Código Internacional de la cuenta de ingresos. Cómo requisito la transferencia debe provenir de cuentas abiertas en bancos situados fuera del territorio nacional.


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