Lógicamente, nadie quiere recibir las notificaciones de la Agencia Tributaria (AEAT), pero inevitablemente tarde o temprano terminaremos recibiendo una. Esto no quiere decir que todas las notificaciones son malas noticias.
Una notificación puede hacerse presente si tienes un pendiente con la AEAT, por ejemplo, para aportar una documentación faltante o para comprobar determinados datos aportados. Los casos más graves pueden incluir deudas con hacienda o con el tesoro público, sanciones por infringir las normas tributarias, etc.
Toda documentación exigida por Hacienda, deberá presentarse en el lugar y el plazo que indique la notificación. De haber retraso o no realizar el trámite, supondrá una sanción.
Entonces ¿cómo proceder si recibo una notificación de la Agencia Tributaria? Sigue leyendo este pequeño tutorial que hemos realizado, donde exponemos los pasos a seguir en caso de recibirla y cómo se debe actuar ante su llegada.
¿Cómo acceder a las notificaciones?
Durante el proceso de alta en el sistema, puedes activar de manera voluntaria las notificaciones electrónicas de AEAT y elegir qué notificaciones quieres recibir online. Estas notificaciones electrónicas deben ser activadas obligatoriamente si ejerces una actividad que así lo requiera.
Los profesionales tienen la obligación de recibir y gestionar las notificaciones de la AEAT de manera electrónica y gestionarlas al momento de realizar trámites con las Administraciones Públicas relacionados con su profesión.
También están obligados a recibir las notificaciones electrónicas de la AEAT los siguientes:
- Empresas, entidades sin personalidad jurídica y sus apoderados.
- Todo contribuyente que tribute el Impuesto sobre Sociedades, el Grupo de Entidades del IVA y el REDEME.
- Todo aquel que presente declaraciones aduaneras mediante el sistema de transmisión electrónica de datos (EDI).
Aunque las notificaciones electrónicas de la Agencia Tributaria son el medio más común de comunicarlas, puede haber casos que te envíe notificaciones por otros medios, por ejemplo, una carta o recibir la visita de algún funcionario. Es decir, no todas las notificaciones se enviarán de manera electrónica, por mucho que estés dado de alta en el servicio.
Cómo actuar al momento de recibir las notificaciones de la Agencia Tributaria
Si te llega una notificación de la Agencia Tributaria y no sabes exactamente cómo hacer frente a esta situación, no entres en pánico, sigue estos consejos básicos para solucionar este trámite lo antes posible.
El primer consejo que te damos es no ignorar ninguna notificación, es mejor abrirlo y leer las pautas enviadas por hacienda. En caso de no entender con claridad, acude a la Delegación de Hacienda más cercana, para informarte exactamente que precisan de ti y solucionar el trámite cuanto antes.
En caso de no poder asistir a la Delegación de Hacienda, pide ayuda a un asesor fiscal especializado, quien te explicará correctamente el procedimiento y la documentación que debes aportar. Recuerda que, no todas las notificaciones incluyen un desembolso económico.
Si tienes una notificación de inspección de tus instalaciones y recibes la visita de un inspector de hacienda, muestra una buena actitud y pídele amablemente la orden del juez que le otorga el permiso de acceso. Puedes estar presente durante el proceso y debes colaborar con la información necesaria que te solicite.
Tipos de notificaciones de la Agencia Tributaria
Hacienda realiza comprobaciones de nuestros impuestos y en caso de encontrar algo fuera de lugar o algún documento faltante, se comunicará por medio de las notificaciones.
Muchas de estas notificaciones de la Agencia Tributaria son simplemente documentos informativos y no requieren respuesta. A continuación, veremos los 6 tipos de notificaciones que maneja la AEAT y cuál es el propósito de cada una de ellas:
Carta Comunicativa
Se trata de notificaciones con fines informativos y no precisan respuesta de nuestra parte. Sin embargo, al ser correo certificado, debes confirmar que la has recibido. De no confirmar como recibida, se hará constar la notificación en el Boletín Oficial del Estado.
2.- Comprobación limitada
Es una comprobación rutinaria de datos y se recibirán una de estas notificaciones:
- Notificación de requerimiento. Consiste en presentar en la Agencia Tributaria alguna documentación que no coincide con la declarada por el contribuyente.
- Notificaciones de propuesta de liquidación. En este caso, Hacienda nos pide modificar o corregir alguna declaración que hayamos presentado.
- Notificaciones de resolución del procedimiento. Es el compendio de la comunicación final a las dos notificaciones anteriores. Es decir, la notificación donde te comunican que Hacienda realizo y concluyo la petición.
3.- Providencia de apremio
Recibirás esta notificación si tienes una deuda tributaria. La providencia de apremio es una gestión de Hacienda para cobrar dicha deuda cuando ha finalizado el plazo del pago voluntario. Este retraso de pago, conlleva a un recargo sobre la deuda que ha tenido lugar.
4.- Diligencias de embargo
Esta notificación tiene lugar cuando existe una deuda con el tesoro público. La Agencia Tributaria exigirá el desembolso de las deudas vencidas desde la fecha de la comunicación y que se encuentren pendientes de retribución.
5.- Notificación de inspección fiscal
Se refiere a una revisión de toda la documentación vinculada con Hacienda. Esta comunicación es bastante seria. Esta notificación de la Agencia Tributaria es expedida de modo aleatorio o puede que la Agencia tenga algunas dudas que quiera resolver contigo.
Con esta notificación se marca el inicio del procedimiento y al aportar la documentación requerida, Hacienda tramitará y asignará un inspector que hará la investigación pertinente. Una vez concluida la situación, se elabora un acta que informará al interesado.
6.- Notificación de la Agencia Tributaria de inicio de expediente sancionador
Es, en definitiva, la notificación más temida de todas, porque la Agencia Tributaria confirma que se han infringido ciertas normas tributarias. Es una comunicación que marca el comienzo de un expediente sancionador.
La notificación del expediente sancionador la recibirás por correo electrónico y contendrá información del tipo de impuesto al que pertenece la proposición de la sanción y la cantidad que se formula.
Si no estás de acuerdo, tendrás la oportunidad de comparecer la defensa del expediente y tratar de comprobar que las alegaciones no son ciertas. En caso que no se resuelva a tu favor, deberás abonar la cantidad establecida.
Notificaciones de las Agencias Tributarias de Andalucía y Catalunya
Las notificaciones de las Agencias Tributarias de Andalucía y Catalunya no difieren mucho lo anteriormente explicado. Sin embargo, estas se manejan independientes en su propia plataforma.
Si deseas información acerca de las notificaciones electrónicas de la Agencia Tributaria de Andalucía o de las notificaciones electrónicas de la Agencia Tributaria de Catalunya, entra en su portal y busca la información al respecto.